Preguntas:
- ¿Cómo define probióticos el CAA?
- ¿Cuáles son los requisitos mínimos que deben cumplir? ¿Por qué?
Respuestas:
- El CAA define probióticos como: “microoganismos vivos que,
administrados en cantidades adecuadas, confieren beneficios para la salud
del consumidor.”
- a) Identificación de la cepa en género, especie y subespecie, por laboratorios reconocidos, mediante metodología validada.
b) Caracterización “in Vitro” e “in Vivo”, buscando la resistencia gástrica
(supervivencia en solución gástrica simulada a 37ºC en condiciones controladas),
la resistencia a bilis (desarrollo en medio con bilis bovina al 0.3%, a 37ºC , en condiciones
estandarizadas), y opcionalmente, la resistencia a lisozima (desarrollo en
medio adicionado con lisozima a 37ºC ,
en condiciones estandarizadas).
c) Ensayos “in Vitro” e “in Vivo” que demuestren los efectos probióticos,
previamente documentados y respaldados por organismos reconocidos nacional y/o
internacionalmente.
d) Seguridad, es decir, que en las concentraciones en que se encuentra en el
alimento, la cepa probiótica no sea riesgosa para la salud humana, y que no
presente ni promueva translocación bacteriana. Se realizaran pruebas
complementarias para garantizar la seguridad de las cepas.
Todos estos
requisitos se deben cumplir para tener un panorama claro de los posibles
efectos del alimento probiótico dentro del organismo, previo a su
comercialización. De este modo, se evitan daños a la salud de la población,
disminuyendo al mínimo el uso de los microorganismos probióticos.
No hay comentarios:
Publicar un comentario