sábado, 2 de junio de 2012

Infosheet


Parte III: Bebidas energizantes


Pautas de publicidad para bebidas energizantes según resolución del ANMAT 3436/2005
La publicidad de bebidas energizantes no debe asociar a estos productos, “directa o indirectamente, al consumo con bebidas alcohólicas”. Tampoco  deben presentarse en  los  anuncios  “como productoras de  bienestar o  salud ”  Además, “su consumo no debe vincularse con conceptos de mayor éxito  en  la  vida afectiva y/o sexual de las personas, o en actividades deportivas, o hacer exaltación de prestigio social, virilidad o femineidad”. En los mensajes que incluyan imágenes y/o sonido, no deben participar personas menores de 18 años.
Pautas de rotulación para suplementos dietarios
Debe consignarse la leyenda "Alto en Energía", cuando ésta sea aportada principalmente por los hidratos de carbono, en cantidades iguales o superiores a 190kj/100ml, que equivale a 45 kcal/100ml.  También deberá incluirse la leyenda “El consumo con alcohol es nocivo para la salud”, en letras de color que contraste con el color de fondo y de otras advertencias, en tamaño superior al 5% de la altura del envase. Se deberán incluir, además, las siguientes leyendas:
·         "Consulte a su médico antes de consumir este producto"
·         "No utilizar en caso de embarazo, lactancia ni en niños", salvo en aquellos productos que sean específicos para estos casos.
·         "Mantener fuera del alcance de los niños".

Si llegase algún ingrediente a superar sus valores de IDR, se deberá consignar respecto al mismo, la advertencia “Supera la ingesta diaria de referencia”.
Debido al elevado contenido de glúcidos, se debe agregar la leyenda: “Este producto no debe ser utilizado por diabéticos”.
En el rótulo deberán figurar la fecha de vencimiento, condiciones de almacenamiento, y, si correspondiera, la forma de conservación una vez abierto el envase.
Análisis de rotulación de 5 productos del mercado; violaciones observadas

Red Bull
Speed
Sobe Rush
Taurina hasta 400 mg /100 ml

CUMPLE
CUMPLE
CUMPLE
Glucuronolactona hasta 250 mg /100 ml

CUMPLE
-
-
Cafeína hasta 20 mg/100 ml

NO CUMPLE
CUMPLE
CUMPLE
Inositol hasta 20 mg/100 ml

-
-
CUMPLE
Leyenda : “Personas de edad o con enfermedades deberán consultar con su médico antes de consumir este producto”
CUMPLE
CUMPLE
CUMPLE
Leyenda: “El consumo con alcohol es nocivo para la salud” en letras que contrasten los colores del fondo, y con las advertencias en un tamaño superior al 5% de la altura del envase.
NO CUMPLE
CUMPLE
CUMPLE
Leyenda: “Alto en energía”  cuando la energía aportada por HC sea igual o superior a 45 Kcal. / 100 ml.
NO CUMPLE
NO CUMPLE
CUMPLE
Publicidad: no asociadas directa o indirectamente al consumo con bebidas alcohólicas.
CUMPLE
CUMPLE
CUMPLE
Publicidad: no presentadas como productoras de bien estar y salud.
CUMPLE
CUMPLE
CUMPLE
Publicidad: no vinculado su consumo con ideas o imágenes de mayor éxito en la vida afectiva o sexual de las personas, o en actividades deportivas, o hacer exaltación de prestigio social, virilidad o femineidad.
CUMPLE
CUMPLE
CUMPLE
Publicidad: En el mensaje no deben participar menores de 18 años de edad.
CUMPLE
CUMPLE
CUMPLE





V Vitaliza
Black Fire

Taurina hasta 400 mg /100 ml

-
CUMPLE
Glucuronolactona hasta 250 mg /100 ml

-
-
Cafeína hasta 20 mg/100 ml

CUMPLE
CUMPLE
Inositol hasta 20 mg/100 ml

-
NO CUMPLE
Leyenda : “Personas de edad o con enfermedades deberán consultar con su médico antes de consumir este producto”
CUMPLE
CUMPLE
Leyenda: “El consumo con alcohol es nocivo para la salud”
CUMPLE
CUMPLE
Leyenda: “El consumo con alcohol es nocivo para la salud” en letras que contrasten los colores del fondo, y con las advertencias en un tamaño superior al 5% de la altura del envase.
CUMPLE
NO CUMPLE
Leyenda: “Alto en energía”  cuando la energía aportada por HC sea igual o superior a 45 Kcal. / 100 ml.
CUMPLE
CUMPLE
La publicidad y difusión: no deben ser asociadas directa o indirectamente al consumo con bebidas alcohólicas.
CUMPLE
-
La publicidad y difusión: no deben presentarse como productoras de bien estar y salud.
CUMPLE
-
La publicidad y difusión: no deben vincular su consumo con ideas o imágenes de mayor éxito en la vida afectiva o sexual de las personas, o en actividades deportivas, o hacer exaltación de prestigio social, virilidad o femeneidad.
CUMPLE
-
En el mensaje no deben participar menores de 18 años de edad.
CUMPLE
-




¿Cómo es la legislación en otras partes del mundo?
Austria: se definen las llamadas “Energy drinks” como aquellas bebidas que contienen una cantidad mínima de 250 mg de cafeína por cada 1000ml, un mínimo de 11% de hidratos de carbono, y poseen una carga calórica de mínimo 44 kcal o 187 kj cada 100g. A estas bebidas se les pueden añadir vitaminas, minerales y otras sustancias como taurina, glucuronolactona e inositol, en los valores de referencia establecidos por el Codex Alimentarius Austriacus. Respecto a la rotulación, cuando una bebida contiene cafeína en una proporción superior a 150mg/L, debe figurar en la etiqueta la advertencia: “Contenido elevado en cafeína”, seguida del contenido de cafeína expresado en mg/100ml.  
Chile: La legislación chilena admite expresamente la incorporación de cafeína a productos energéticos, con las siguientes limitaciones:
·     La recomendación de consumo en la etiqueta y/o publicidad no podrá sobrepasar los 500mg de cafeína por día.
·     Cuando se trate de líquidos y el contenido de cafeína sea mayor a 180mg/L, deberá incluirse en el rótulo la leyenda: “No recomendable para menores de 15 años, en embarazo, ni lactancia.”
Brasil: Se admite la posibilidad de adicionar a las bebidas energéticas ingredientes como inositol, glucuronolactona, taurina y cafeína (en concentraciones de máximo 350mg/L), teniendo en cuenta que:
·     Estas bebidas se comercializan en Estados Unidos, Japón y varios países de Europa.
·     En las cantidades utilizadas, las sustancias agregadas a las bebidas energéticas no presentaban efectos nocivos ni tóxicos para la salud.
·     El producto no presentaba potencial de inducción a un vicio.

Fuentes:



  

Parte II: Bebidas energizantes


Principales componentes, funciones y límites permitidos (1, 2, 3, 4)
Componente
Funciones
Límites permitidos
Cafeína
Estimulación de sistema nervioso, y cardiovascular;  reducción de sensación de fatiga; aumento de concentración y velocidad de reacciones.
20mg/100ml
Taurina
Puede mejorar capacidad para realizar actividad física en ciertos casos; podría estimular capacidad mental en combinación con cafeína.
400mg/100ml
Glucuronolactona
Promotor de conjugación de ácido glucurónico y sustancias xenobióticas.
250mg/100ml
Carbohidratos
Función energética; dificultan rehidratación en concentraciones elevadas.

Extractos vegetales
Depende de extracto- símil cafeína (guaraná); diferentes a cafeína (ginseng), reducción de estrés y fatiga.


Controversia sobre componentes de bebidas energizantes (2, 3, 4, 5)
CAFEÍNA: Puede provocar ansiedad, irritabilidad, taquicardia, palpitaciones, dolor abdominal, nauseas, temblores.
TAURINA: Existe controversia acerca de agudización de capacidad mental en conjunto con cafeína; asociada a diabetes, ateroesclerosis, y alteraciones cardíacas.
GUARANÁ: Debido a que componente activo es la cafeína, puede producir los mismos efectos que esta.
Conclusiones de organismos relacionados a la Seguridad Alimentaria de distintos países (7, 8)
CAFEÍNA: La EUFIC (European Union Food Information Council) concluye que en concentraciones de hasta 300mg (3 tazas de café), no se observan efectos adversos, pero que es difícil analizar a la cafeína en sí, más que como componente del café.
TAURINA: LA EFSA (European Food Safety Authority) concluye que la ingesta oral de taurina no incrementa los niveles de la misma a nivel cerebral, por lo tanto es seguro consumirla por esta vía. Adicionalmente, se concluye que no tiene efecto teratogénico, genotóxico, ni cancerígeno.


Motivos de modificación de la concentración máxima permitida de cafeína en Argentina (9, 10)
La ANMAT establece que las bebidas energizantes deben contener como máximo 20mg de cafeína/100ml. Sin embargo, en el 2000 se aceptó como excepción que las bebidas contuvieran 35mg/100ml. Debido a indicaciones de uso inadecuado de bebidas energizantes, en particular por jóvenes, quienes las mezclan con bebidas alcohólicas, se volvió a la normativa previa estableciendo el límite máximo en 20mg/100ml.
Comparación de cantidad de cafeína en bebidas energizantes, gaseosas, café y té (5)
Producto
Concentración de cafeína (mg/100ml)
Bebidas energizantes
11.2-34
Gaseosas
3.2-21.2
Café
76-100
40-60

Directiva 2002/CE sobre etiquetado de productos con cafeína (6)
·     En bebidas con concentración de cafeína superior a 150mg/L, se deberá consignar la leyenda “Contenido elevado en cafeína”, y expresar la concentración de la misma en mg/100ml, sin que esto aplique a café, té o sus derivados.
¿Por qué las embarazadas deben controlar la ingesta de cafeína? (11)
Debido a que la cafeína es estimulante, puede aumentar la presión arterial, lo cual no es recomendado durante el embarazo. A su vez, el efecto diurético puede llevar a deshidratación. Por otro lado, la cafeína atraviesa la barrera placentaria y numerosos estudios indican que el consumo de cafeína durante el embarazo puede llevar a parto pre-término, aumentar el riesgo de bebés con bajo peso al nacer, y alterar los patrones de sueño del niño. Sin embargo, se concluye que en dosis moderadas no se observan efectos adversos, por lo cual el consumo máximo recomendado de cafeína en embarazo es de 150-300mg.
¿Qué interacciones se plantean entre los distintos componentes y de éstos con el alcohol? (12)
CAFEÍNA-TAURINA-ALCOHOL: Taurina y cafeína aumentan diuresis, provocando deshidratación y pérdida de sodio (hiponatremia); esto se suma a la deshidratación provocada por alcohol. Esta deshidratación causa congestión pulmonar, desorientación, confusión, vómitos, calambres musculares, llevando a  complicaciones cardiopulmonares con riesgo de muerte.

Fuentes:
  1. B. O. 29/06/05 SUPLEMENTOS DIETARIOS Disponsición 3634/2005- ANMAT, http://www.femeba.org.ar/fundacion/quienessomos/Novedades/bebidas_energizantes.pdf
  2. Clayman MD, Charles B. (Editor), THE AMERICAN MEDICAL ASSOCIATION: ENCYCLOPEDIA OF MEDICINE, Random House, New York.
  3. Zeratzky RD LD, Katherine, Mayo Clinic Health Information, 27/03/2012, http://www.mayoclinic.com/health/taurine/AN01856
  4. Cañas, Patricio D., ROL BIÓLOGICO Y NUTRICIONAL DE LA TAURINA Y SUS DERIVADOS, Rev Chil Nutr, Vol 29, Nº 3, Diciembre 2002
  1. Melgarejo, Martha, EL VERDADERO PODER DE LAS BEBIDAS ENERGÉTICAS, Revista Enfasis Alimentación, Nº6, Diciembre 2004

  1. Directiva 2002/67/CE de la Comisión, RELATIVA AL ETIQUETADO DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS QUE CONTIENEN QUININA Y PRODUCTOS ALIMENTICIOS QUE CONTIENEN CAFEÍNA, 18 de julio de 2002

  1. EUFIC (European Food Information Council), LA CAFEÍNA Y LA SALUD, 05/2007
  1. EFSA, SCIENTIFIC OPINION: The use of taurine and D-glucuronolactone as constituents of so called energy drinks, Question No. EFSA-Q-2007-113, 15 enero 2003. http://www.gencat.cat/salut/acsa/html/ca/dir2958/pdf/935.pdf
  2. ANMAT, COMUNICADO DE PRENSA: Bebidas energizantes, 17/10/05. http://www.anmat.gov.ar/webanmat/Comunicados/Prensa/2005/Bebidas_Energizantes_17-10.asp
  3. Food Standards Agency, HIGH CAFFEINE ENERGY DRINKS, 15 de julio 2010. http://www.food.gov.uk/safereating/additivesbranch/energydrinks
  4. American Pregnancy Association, WHAT’S THE REAL SCOOP ON CAFFEINE DURING PREGNANCY, 03/2011. http://www.americanpregnancy.org/pregnancyhealth/caffeine.html
  5. Hospital General de Agudos “Juan A. Fernandez”, INFORME TÉCNICO DEL EXPEDIENTE Nº2728-D-06: Prohíbese la venta de bebidas energizantes a menores de 18 años. http://estatico.buenosaires.gov.ar/areas/salud/redes/toxicologia/archivos/toxi%20_bebidas_energ_.pdf

Resultados de encuestas de satisfacción de Infosheet


Total de encuestas 20
Atractiva Número %
Totalmente de acuerdo 13 65
Parcialmente de acuerdo 6 30
En desacuerdo 0 0
No esta seguro/a 0 0
No contesta 1 5
Actualidad
Totalmente de acuerdo 7 35
Parcialmente de acuerdo 6 30
En desacuerdo 1 5
No esta seguro/a 5 25
No contesta 1 5
Interesante
Totalmente de acuerdo 14 70
Parcialmente de acuerdo 5 25
En desacuerdo 0 0
No esta seguro/a 1 5
No contesta 0 0
Texto claro
Totalmente de acuerdo 13 65
Parcialmente de acuerdo 6 30
En desacuerdo 1 5
No esta seguro/a 0 0
No contesta 0 0
Texto suficiente
Totalmente de acuerdo 10 50
Parcialmente de acuerdo 7 35
En desacuerdo 1 5
No esta seguro/a 2 10
No contesta 0 0
Imágenes atrapantes
Totalmente de acuerdo 6 30
Parcialmente de acuerdo 6 30
En desacuerdo 6 30
No esta seguro/a 1 5
No contesta 1 5
Título acertado
Totalmente de acuerdo 14 70
Parcialmente de acuerdo 5 25
En desacuerdo 0 0
No esta seguro/a 1 5
No contesta 0 0
Aprendió?
Totalmente de acuerdo 13 65
Parcialmente de acuerdo 4 20
En desacuerdo 1 5
No esta seguro/a 1 5
No contesta 1 5
Recibiría más infosheets?
Totalmente de acuerdo 5 25
Parcialmente de acuerdo 5 25
En desacuerdo 6 30
No esta seguro/a 4 20
No contesta 0 0